Acabo de leer el BOJA, publicado en el día de hoy 28 de Noviembre, y me estoy echando a temblar; han modificado unas cosillas... Copio del BOJA literalmente:
... Las vinculaciones temporales de corta duración por sustitución de maternidad y de vacaciones por período igual o superior a un mes de duración, así como los nombramientos de carácter eventual de duración igual o superior a un mes que se hayan de realizar para cubrir durante el período de tiempo comprendido entre el 1 de Junio y el 30 de Septiembre y entre el 1 de Diciembre y el 15 de Enero de cada año las necesidades derivadas de la disminución de profesionales disponibles a causa de las vacaciones anuales reglamentarias o días de libre disposición en su caso, SE OFERTARÁN AL 50% para su cobertura mediante profesionales provenientes del turno libre y del turno de promoción interna....
Suerte a todos.
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